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INSTITUCIONAL

PERFIL DEL ALUMNO

Se busca que al finalizar el proceso educativo dentro de la institución, posea las siguientes competencias:

  • Estrategias y mecanismos sólidos en el abordaje de los objetos de conocimiento.
  • Esfuerzo , dedicación y responsabilidad para participar del proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Capacidades, destrezas y valores indispensables para continuar estudios superiores cumpliendo con la función propedéutica institucional.
  • Desempeño autónomo y crítico apuntando a la formación integral que puede ser transferido al accionar de la vida cotidiana.
  • Respeto por los derechos de todos los miembros dela comunidad educativa y las normas que lo regulan dentro de un marco democrático.
  • Sentido de cooperación y solidaridad en relación con los otros, desde una postura de aceptación de las diferencias culturales, sociales y de pensamiento.
  • Gusto estético y crítico por la lectura  que le permita disfrutarla cotidianamente.
Acuerdo Institucional de Convivencia Escolar

Capítulo I  •OBJETIVOS Y FINALIDADES

Artículo 1º :  El presente constituye el marco  normativo que establece una serie de normas tendientes al respeto de valores consagrados en el presente acuerdo, para ello se instituyen mecanismos internos en la Institución con el objeto de regular las relaciones y crear espacios institucionales de participación.
Artículo 2º : Iniciativas tendientes al logro de los objetivos:
a) Convocar la participación activa de toda la comunidad educativa para el establecimiento de la convivencia en la Institución.
b) Generar espacios de diálogo entre los docentes, alumnos y autoridades para mejorar la disciplina y el aprendizaje  cotidiano de valores éticos y sociales.
c) Promover la permanente evaluación del Acuerdo de Convivencia a través de diferentes mecanismos internos con el objeto de someterlos a diferentes cambios producidos a partir de loa dinámica e interrelación entre los actores.
d) Estimular la responsabilidad y la actitud crítica de los actores dentro y fuera del establecimiento.
e) Reconstruir el espacio educativo como agente de socialización y enseñanza de valores éticos y sociales.
f) Fomentar un clima de trabajo adecuado enmarcado en la tolerancia, la solidaridad, y el respeto mutuo para e desarrollo de las actividades pedagógicas.
g) Crear mecanismos institucionales adecuados para la resolución de conflictos fuera y dentro del aula.
h) Introducir en el ámbito escolar formas de mediación (creación de los roles de Profesores-Referentes, delegados y formación de un cuerpo de delegados) para el tratamiento de situaciones conflictivas.

Capítulo II:VALORES FUNDAMENTALES

Artículo 3º : Las normas de convivencia consagradas en el presente Acuerdo   tienen como fundamento los siguientes valores sociales e individuales:
1)Respeto a los pares, docentes y autoridades, así como a las  disposiciones, normas y acuerdos institucionales vigentes.
2)Responsabilidad, en un marco de compromiso ético y social, como   condición indispensable para el ejercicio de la libertad individual.
3)Honestidad para no involucrarse en actos que demuestren mala fe, falsedad etc. y todas aquellas acciones que impliquen no valorar la verdad como bien  supremo e insustituible.
4)Solidaridad entendida en su sentido más amplio, fuera y dentro del ámbito institucional.

Capítulo III:EL PROFESOR-REFERENTE: Objetivos y funciones

Artículo 4º: El presente Acuerdo enmarcado en un proyecto de Convivencia Escolar crea la figura del Profesor-Referente con el objeto de generar un espacio de diálogo y mediación entre los alumnos, docentes,  padres, personal no docente y autoridades.
Artículo 5º: El Profesor-Referente será elegido por el directivo teniendo en cuenta en su elección aquellos docentes afines a los grupos.
Artículo 6º: Son funciones del Profesor-Referente:
•Guiar, aconsejar y diagnosticar al grupo en la toma de decisiones
•Resolución de conflictos sucedidos dentro y fuera del aula que                                                           impiden el proceso de aprendizaje grupal e individual.
•Conducción del grupo para lograr la convivencia y vivencia de los
valores y normas consideradas en el Acuerdo.
•Superación  de conflictos por actos de indisciplina considerados “menores” a partir de la resolución consensuada del problema entre los delegados y el grupo.
•Generar compromiso y responsabilidad en el grupo ante la falta generada por alguno de sus miembros.
•Conformar espacios de comunicación efectiva a través del diálogo y el respeto de opiniones.
•Hacer un seguimiento de aquellos casos particulares más graves acompañando al alumno ofreciéndole su “escucha”, etc.
•Elaboración junto con el curso a cargo y seguimiento  del Pacto de Convivencia anual.
•Llevar a cabo la elección de los Delegados de Curso.
Artículo 7º: De acuerdo a la dinámica del grupo el Profesor-Referente deberá tomar todas aquellas directivas y propuestas que crea necesario para impulsar una convivencia armónica y un desarrollo eficaz de la tarea de enseñanza.
Artículo 8º: El Profesor-Referente puede dejar sus funciones por decisión propia o por decisión de las autoridades del Instituto.

Capítulo IV: EL DELEGADO DE CURSO

Artículo 9º: El presente acuerdo, enmarcado en el Proyecto de Convivencia Escolar instituye la figura de los delegados de curso cuya tarea principal es servir de nexo entre el grupo y el Profesor-Referente / autoridad a partir de las situaciones problemáticas generadas en los distintos grupos áulicos.
Artículo 10º: Por curso se elegirá dos delegados  (un titular y un suplente) por medio de elección democrática de sus compañeros.
Artículo 11º: Los delegados pueden ser removidos de sus funciones en caso de incumplimiento de las mismas, ya sea por determinación del Profesor-Referente o bien, por decisión grupal. En estos casos deberá elegirse nuevamente.
Artículo 12º: Las cualidades que deben reunir un alumno para ser elegido como delegado y que fuera consensuado con todo el alumnado durante la formación del presente Acuerdo son:

      1. Solidaridad y compañerismo. Como delegado, tendrá que anteponer los intereses del grupo a los suyos propios.
      2. Responsabilidad y honradez. Tendrá que merecer la confianza de sus compañeros y demostrar que es capaz de cumplir sus compromisos.                                            
      3. Dinamismo y capacidad de iniciativa. Habrá de ser capaz de proponer ideas para mejorar la vida del grupo y de llevarlas adelante.
      4. Firmeza en la defensa de los intereses del grupo. La firmeza para defender los intereses y acuerdos del grupo, sin dejarse intimidar, tiene que ser compatible con el respeto debido a todos los miembros de la Comunidad Educativa

                       Artículo 13º: Son funciones de los delegados escolares:

      1. Ser portavoz de las inquietudes y los problemas del grupo ante los profesores  y las autoridades.
      2. Hacer llegar a los profesores las opiniones, sugerencias y decisiones del grupo.
      3. Coordinarse con los demás delegados y asistir a las reuniones que se celebren para organizar actividades o discutir problemas conjuntamente.
      4. Mantener un contacto permanente de comunicación con los compañeros, profesores y autoridades.
      5. Informar siempre a sus compañeros de lo que se trata y se decide en las reuniones a las que se asiste, así como de otras cuestiones que el grupo deba conocer.
      6. Luchar para que los alumnos vean respetados sus derechos.
      7. Atención de las situaciones conflictivas en el grupo (que a veces no son percibidas por profesores y autoridades) y remisión al Profesor-Referente con el objeto de buscar una vía de diálogo y resolución consensuada.
      8. Difundir y promover en el grupo las normas y valores propuestos en el Acuerdo de Convivencia escolar.
      9. Fomentar la tolerancia y respeto de las opiniones de sus compañeros.
      10. Ayudar al Profesor-Referente en la tarea de unión y cohesión del grupo en su totalidad, ejerciendo un liderazgo positivo.

                    Artículo 14º : Los derechos de los delegados son:

  1. Derecho a recibir información
  2. Derecho a utilizar (sin que ello interfiera en sus obligaciones académicas) el tiempo necesario para el desarrollo de sus funciones.
  3. Derecho a descargar parte de sus tareas en el Delegado Suplente siempre que haya acuerdo sobre ello.
  4. Derecho a dimitir por razones justificadas.

Capítulo V: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ACTORES DE
                    LA COMUNIDAD EDUCATIVA.                               

Artículo 15º: Los fundamentos y principios del presente Acuerdo alcanzan a todos los miembros de la comunidad educativa, sin distinción de roles, status o posición social. Los actores deben el respeto y compromiso ante los siguientes derechos y deberes:

•Derechos compartidos:
a) Participar activamente en la elaboración de nuevas normas tendientes a dinamizar el espíritu del presente Acuerdo como resultado de las distintas relaciones generadas cotidianamente en el ámbito escolar.
b) Expresar libremente sus opiniones y sensaciones dentro de un marco de respeto y convivencia hacia el otro.
c) Recibir información sobre la marcha grupal del proceso de aprendizaje y funcionamiento del proyecto de Convivencia Escolar instaurado por la Institución.
d) Ser respetados en su libertad de conciencia, así como también, en sus convicciones religiosas y morales.
e) Ser respetados en cada una de las actividades desarrolladas en el ámbito escolar.

Obligaciones compartidas
a) Respetar los valores y normas consagradas en el presente Acuerdo.
b) Ejercer con responsabilidad y actitud reflexiva los derechos compartidos por todos los actores de la comunidad educativa.
c) Contribuir a la generación de espacios de diálogo y participación para mejorar la convivencia en el ámbito escolar y social.
d) Respetar la integridad, dignidad y derechos humanos de todos los miembros de la comunidad educativa y social.
e) Cumplir con los horarios de entrada y de salida de la Institución y respetar los materiales de trabajo y estudio personales e institucionales.
f) Respetar los espacios de  participación institucionales como el cuerpo de Delegados, actividades deportivas y sociales, actos patrios y reuniones docentes, autoridades y padres.
g) Cumplir con las obligaciones y tares relacionadas a las distintas funciones y roles ejercidos en la Institución.
h) Contribuir activamente a la mejora de la tolerancia y convivencia dentro de la Institución escolar.

Derechos de los Padres
a) A recibir información permanente sobre la situación escolar de sus hijos.
b) A recibir toda documentación pertinente que solicite en el tiempo y forma correspondiente.
c) A abogar por el cumplimiento de los lineamientos escolares emanados del acuerdo de convivencia.
d) A concurrir al establecimiento a consultar y comunicar todo asunto de interés institucional relacionado con su hijo.
e) A exigir la prestación del servicio educativo dentro del marco garantizado por la Institución.
f) A retirar a su hijo del establecimiento, dentro del horario escolar, cuando lo crea necesario y en cumplimiento con la normativa vigente.
g) A peticionar siguiendo las vías jerárquicas escolares.

Obligaciones de los padres
Los padres, tutores o encargados ejercen la representación del alumno ante el Colegio; en consecuencia acuerdan:
a) Adherir a las disposiciones reglamentarias emanadas del acuerdo de     convivencia y a los lineamientos impartidos por dirección sobre el alumnado.
b) Cumplir con los requerimientos administrativos en tiempo y forma.
c) Notificarse de toda comunicación relacionada con el alumno que le sea enviada por el Establecimiento.
d) Asumir las responsabilidades emergentes de la patria potestad por los eventos dañosos causados por sus hijos.
e) Conformar toda solicitud del alumno, siguiendo las pautas Reglamentarias vigentes.
f) Acudir al Establecimiento cuando sea citado, o cuando desee realizar consultas sobre asuntos relacionados con la conducta o aplicación del alumno, respetando horarios, sin interrupción de clases.
g) Notificarse de las visitas de estudio y actividades co-programáticas por intermedio del cuaderno de comunicaciones.
h) No podrá retirar al alumno durante las horas de clase, solo en casos de fuerza mayor. Estos serán entregados a los padres, tutores o encargados. En tales casos, deberá hacerse presente la persona cuya firma se encuentre registrada en el establecimiento.
i) Acompañar al Establecimiento en el proceso de enseñanza-aprendizaje, comprometiéndose con el ideario institucional.

•Derechos de los alumnos

a) A recibir una educación que favorezca el desarrollo de su personalidad y sentido de su propia dignidad y la de los otros, basada en el respeto a los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
b) A participar de una comunidad escolar cuyos intereses deben prevalecer siempre sobre los de carácter individual.
c) A recibir una enseñanza humanística, científica, estética y física que le permita lograr el máximo desarrollo de sus potencialidades.
d) A participar en actividades que afiancen su sentido de cooperación y solidaridad.
e) A desarrollar su sentido ético de la cultura, la ciencia, el arte a partir de la reflexión crítica.
f) A ejercer actividades que promuevan la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o creencia respetando la de los otros.
g) A participar en un proceso de enseñanza-aprendizaje a partir de un diagnóstico adecuado en el que se valora el resultado de su esfuerzo y dedicación personal.
h) A recibir propuestas de actividades recuperatorias en caso que el profesor lo crea o considere necesario, basadas en un compromiso de esfuerzo recíproco.
i) A encontrar diariamente todas las dependencias del colegio limpias, prolijas y provistas del material recibido.
j) A recibir el beneficio del uso del material del didáctico: mapas, diccionarios, textos, bibliografía de consulta, instrumental de laboratorio, elementos para práctica deportiva, etc.
k) A participar en las actividades extra-clases como visitas a instituciones, espectáculos, exposiciones, campamentos, etc.
l) A participar en diversos centros de interés: artísticos, científicos de comunicación social, etc.
m) A ejercitar su libertad de expresión a través de carteleras, periódicos escolares bajo la responsabilidad de las autoridades del establecimiento.
n) A elegir y/o ser elegido delegado del curso para garantizar la comunicación entre las autoridades del establecimiento y los alumnos.
ñ) A reunirse y formar asociaciones estudiantiles de acuerdo a las reglamentaciones vigentes emanadas del Ministerio de Educación.
o) A celebrar acuerdos de convivencia con todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

•Deberes de los alumnos

  1. Respetar a sus superiores y pares dentro y fuera del establecimiento.
  2. Asistir puntualmente a sus obligaciones.
  3. Estudiar diariamente y efectuar las tareas que se encomiendan.
  4. Observar buena conducta, arreglo y limpieza de su indumentaria persona, dentro y fuera del establecimiento.
  5. Cuidar con esmero el material propio del establecimiento, de sus pares y docentes.
  6. Presentar boletines, documentación y comunicaciones en término.
  7. Usar  uniforme completo.
  8. Guardar la debida compostura en los actos escolares.
  9. Guardar el debido respeto a los símbolos patrios.
  10. En las inmediaciones del colegio, o vistiendo el uniforme del mismo en cualquier lugar que lo hiciere, los alumnos deberán observar las mismas normas de disciplina y de conducta.
  11. Solventar los gastos provenientes de roturas o deterioros causados intencionalmente en paredes, bancos o materiales de enseñanza. El cumplimiento de lo precedentemente establecido no excluye las medidas disciplinarias a que hubiere lugar.
  12. Los alumnos son responsables de avisar a la autoridad designada para tal fin en tiempo y forma toda alteración que observen en el mobiliario que tienen a su disposición.

•Derechos de los docentes
a) A abogar por el cumplimiento de los lineamientos escolares emanados del acuerdo de convivencia.
b) A peticionar siguiendo las vías jerárquicas escolares.
c) A recibir asesoramiento e información con relación a temáticas de índole pedagógico-didáctica.
d)  A proponer actividades y proyectos que tiendan a mejorar la calidad del servicio educativo así como aquellas que respondan a necesidades y/o intereses de la comunidad educativa en general.
e) A recibir toda información y/o documentación pertinente que sea solicitada, en el tiempo y forma correspondiente.

•Obligaciones del personal docente

a) Impartir una educación que favorezca el desarrollo de la personalidad y el sentido de su propia dignidad y de los otros, basada en el respeto a los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
b) Participar de una comunidad escolar cuyos intereses deben prevalecer siempre sobre los de carácter individual.
c) Brindar una enseñanza humanística, científica, estética y física que le permita lograr el máximo de sus posibilidades personales.
d) Generar actividades que afiancen en los alumnos el sentido de solidaridad y cooperación.
e) Propiciar el desarrollo del sentido ético de la cultura, la ciencia, el arte a partir de la reflexión crítica.
f) implementar actividades que promuevan la libertad de pensamiento.
g) Participar de un proceso de enseñanza-aprendizaje a partir de un diagnóstico adecuado en el que se valore el resultado del esfuerzo y dedicación personal del alumno.
h) Preparar conscientemente los materiales, lecciones y o actividades que propondrán a su grupo.
i) Fomentar la participación de sus alumnos en diversos centros de interés artísticos, científicos de comunicación social, etc.
j) Fomentar la creación de centros de expresión a través de carteleras, periódicos escolares bajo la responsabilidad de las autoridades del establecimiento.

Capítulo VI: ACTOS DE INDISCIPLINA DE LOS ALUMNOS Y NORMAS DE APLICACIÓN

Artículo16º: Por cuestiones de aplicación normativa, los actos de indisciplina efectuados por los alumnos serán divididos en dos grandes grupos, los considerados menores y graves.
Artículo17º: Serán considerados actos de indisciplina menores los siguientes:
a) No cuidar debidamente el material propio, del establecimiento y de sus pares y profesores
b) No cuidar la limpieza de los bancos y el resto de los materiales presentes en el aula.
c) No presentar boletines, documentación y cuadernos de comunicaciones en términos establecidos.
d) No usar el uniforme completo con el distintivo correspondiente.
e) Descuidar el arreglo y limpieza en su indumentaria escolar y personal dentro y fuera del establecimiento.
f) No guardar la debida compostura en los actos escolares.
g) Tirar papeles, latas, saliva u otros objetos en el suelo del aula o del resto de la Institución.
h) Utilizar vocabulario indebido.
i) Fumar cigarrillos  fuera del ámbito escolar con el uniforme.
j) Dejar de cumplir con los horarios estipulados por la Institución de entrada y de salida (salvo autorización expresa de las autoridades)
k) Comer en clase (salvo expresa autorización de las autoridades)
l) Concurrir al baño fuera del horario de recreos (salvo expresa autorización de los docentes o autoridades)
m) Salir del aula sin autorización expresa del docente, autoridad.
n) No respetar consignas del docente o autoridades dentro y fuera del aula.
ñ) Entrar en dependencias distintas de las que cada uno tiene asignadas.
o) Llevar al Establecimiento elementos que no tengan relación con sus estudios.
p) Exhibir insignias o emblemas que no sean la insignia patria o el distintivo de la escuela.
q) Presentarse con maquillaje (mujeres), cabello largo y aros (varones), pulseras o elementos similares (aros en nariz, pómulos, cejas, largo de pollera, etc.).
r) Asentar leyendas, carteles, dibujos, etc., en las paredes, pizarrones o útiles escolares.
s) Tomar el momento de ingreso o egreso de la escuela como ocasión para encontrarse con personas ajenas a la institución.
Artículo18º: Los directivos, en conjunto con el Consejo Institucional de Convivencia están en condiciones de incluir de acuerdo a criterios de defensa de la convivencia, la inclusión de otros actos de indisciplina menores que el actual artículo 17 del Acuerdo de Convivencia Institucional no contemple en su enumeración.
Artículo 19º: Estos actos si bien son específicos al rol alumnos, los demás actores no quedan exentos de su cumplimiento y presentan un carácter recíproco.
Artículo 20º: Para la resolución de conflictos menores sucedidos dentro y fuera del aula, el Acuerdo habilita el accionar de los directivos para instituir la sanción reparadora y educativa que considere necesaria y que no esta contemplada en el presente sistema normativa.
Artículo 21º: Se consideran varias vías para la resolución de los actos de indisciplina menores, a saber:
-Utilización de sanciones comprendidas en el sistema de disciplina utilizado en la Institución y expresados en el presente Acuerdo, seleccionando aquellas sanciones que correspondan a un acto de indisciplina menor.
-Resolución consensuada del conflicto entre el profesor-referente, el delegado, el alumno y/o los portavoces grupales y el grupo según el tipo de conflicto de que se trate y/o a quien involucre.
Artículo 22º: El carácter de las sanciones debe ser estrictamente educativo y reparatorio del acto de indisciplina producido. Debe tender a la formación y al cambio de conductas negativas. Debe evitar ” la sanción por la sanción misma “.
El carácter de las sanciones puede ser:
-Reparación en forma consensuada (entre el profesor-referente y el grupo) del daño ocasionado.
-Realización de actividades escolares en relación al acto cometido.
-Conformación de trabajos especiales destinados por los docentes o autoridades, relacionados con el acto de indisciplina ocasionado.
-Realización de tareas de carácter comunitarios ordenados por las autoridades, docentes, profesor-consejero o por el grupo áulico.
-Sanciones relacionadas con el viejo sistema de disciplina como régimen de amonestaciones, llamados de atención escritos, etc.
-Las faltas cometidas por los alumnos serán notificadas a sus padres mediante el cuaderno de comunicaciones y a través de encuentros celebrados entre la familia y la Institución.
Artículo 23º: Las sanciones reparadoras y educativas alcanzarán a las conductas o acciones contrarias a los fundamentos y valores de convivencia producidas en el seno de la Institución o fuera de la misma, durante actividades vinculadas con la vida cotidiana de la comunidad educativa.
Artículo 24º: Se consideran actos de indisciplina graves, los siguientes:
-No respetar a sus superiores y a sus pares, dentro y fuera del establecimiento.
-No guardar el debido respeto a los símbolos patrios.
-Realizar actos de indisciplina individuales y/o colectivos.
-Causar deterioros intencionales en materiales, bienes del establecimiento o pertenecientes al personal del mismo.
-Eludir clases o retirarse sin la autorización correspondiente.
-Existencia de actos de discriminación graves que atenten a los principios defendidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
-No respetar consignas menores en forma reiterada y consuetudinariamente.
-Intimidación u amenazas físicas u verbales que atenten la integridad y dignidad de las personas.
-Robo u hurto de materiales de trabajo, de estudio escolar (personal o institucional)
-Existencia cierta e inmediata de un daño grave a la salud física o psíquica de cualquier integrante de la comunidad educativa.
-Violaciones a la integridad u dignidad de las personas (ya sea física o verbalmente)
-Fumar cigarrillos dentro del ámbito escolar.
-Portación y uso de drogas, armas o alcohol.
-Venta de drogas dentro y fuera del ámbito escolar.
-Agresiones físicas graves o reiteradas hacia los demás actores de la comunidad educativa.
-Actos de indisciplina menores y reiterados que no pudieron ser solucionados por los mecanismos de mediación y consenso generados en las propias dinámicas grupales.
Artículo 25º: Los directivos, en conjunto con el Consejo Institucional de Convivencia están en condiciones de incluir de acuerdo a criterios de defensa de la convivencia, la inclusión de otros actos de indisciplina graves que el actual artículo 24 del Acuerdo de Convivencia Escolar no contemple en su enumeración.
Artículo 26º: Estos actos si bien son específicos al rol alumnos, los demás actores no quedan exentos de su cumplimento y presentan un carácter recíproco.
Artículo 27º: Los actos de indisciplina merecerán la aplicación del siguiente  sistema de sanciones según corresponda a su gravedad:
a)Compromiso verbal.
b)Advertencia escrita.
c)Parte de amonestaciones.
d)Acta de compromiso entre Alumno, Padre y Escuela.
e)Suspensión.(Hasta un máximo de cinco días).
f)Separación temporal del Instituto.
g)Expulsión.


Artículo 28º: El alumno que supere las 25 (veinticinco) amonestaciones perderá su condición de alumno regular, quedando sujeto a la normativa vigente para alumnos en condición de no regulares.
Artículo 29º: La familia del alumno deberá solventar los gastos provenientes de roturas o deterioros causados intencionalmente en paredes, bancos o materiales de enseñanza. El cumplimiento de lo precedentemente establecido no excluye las medidas disciplinarias a que hubiere lugar.
Artículo 30º: En cualquiera de los casos considerados graves contemplados o no, por el presente Acuerdo, los directivos en forma consensuada con otros actores institucionales pueden solicitar la ayuda del psicopedagogo institucional para contención y apoyo de las problemáticas.
Artículo 31º: Debido a la gravedad de los casos se propone la instauración rápida de la sanción por decisión consensuada  de los integrantes de Consejo Institucional de Convivencia.
Artículo 32º: La institución podrá establecer todas las sanciones alternativas que considere necesarias ya sea para la resolución de conflictos  menores o graves. Y podrá crear todos los mecanismos que considere adecuados para el abordaje y tratamiento de los conflictos en el seno del ámbito escolar.
Artículo 33º: Los directivos adoptarán las medidas preventivas  necesarias para  impedir hechos contrarios a las normas de convivencia  escolar. Con este fin se propone el desarrollo de la comunicación permanente con todos los actores de la Institución, incluyendo a los padres y tutores.
Artículo34º: En las inmediaciones del establecimiento o vistiendo el uniforme del mismo, los alumnos deberán observar las mismas normas de disciplina y conducta establecidos en el Acuerdo de Convivencia Institucional.
Artículo 35º: El presente Acuerdo debe ser considerado una herramienta tendiente a mejorar la convivencia en la institución y reemplazar gradualmente el viejo sistema tradicional de disciplina con el fin de democratizarlas relaciones surgidas dentro y fuera del aula.
Artículo 36º: Los directivos deben crear todos los mecanismos que considere adecuados para poner en conocimiento de todos los actores de la comunidad educativa, los valores y normas consagrados en el Acuerdo de Convivencia Escolar.

Modalidad de puesta en práctica del Acuerdo Institucional de Convivencia.

Para llevar a cabo la tarea de vivenciar las normas y valores incluidos en el presente Acuerdo, la institución se propone las siguientes  acciones:

  1. A partir de lo propuesto en el presente Acuerdo, generar en cada curso un debate acerca de cómo se vivencian y concretan dichos valores  y normas, en el ámbito de ese grupo en particular. Para finalizar, plasmar dichos valores y normas en una cartelera, que sin desvirtuar ni modificar lo acordado a través del Acuerdo, refleje todas aquellas aclaraciones que consideren necesarias. Es lo que hemos dado en llamar Pactos de Convivencia por curso. Los mismos son revisados periódicamente y e renuevan anualmente.                    
  2. Reunión de Dirección con el Profesor-Referente de cada curso para la elaboración del Perfil de Curso, en función del material trabajado por cada uno de los docentes de dicho curso durante el Período de Diagnóstico.

Colocación  de una cartelera en sala de profesores en donde los Profesores-Referentes presentan a los demás  profesores los diagnósticos grupales (Perfil de Curso con propuestas de acciones), con el fin de integrar información y abrir la posibilidad de intercambiar sugerencias / propuestas de todo el plantel docente.

  • Programación de charlas durante el año de los Profesores–Referentes con los Cursos a cargo, con el fin de hacer una devolución a los alumnos sobre la marcha grupal, en el proceso de aprendizaje y en el área de lo actitudinal, reconociendo los avances, retrocesos y posibilidades de cambio. En los mismos se irán ajustando los Pactos de Convivencia  grupales.
  • Realización de una reunión mensual (sujeta a las posibilidades de tiempo) entre los profesores-referentes para el intercambio de diagnósticos e información a cerca de la evolución grupal.
  • Mantener con los padres una fluida comunicación; a partir de poner en su conocimiento los valores y normas que fueron acordadas, a través de la realización de reuniones de padres y por escrito, a través del cuaderno de comunicaciones.
  • Impulsar en el ámbito institucional, el desarrollo de diferentes canales internos de comunicación, que aseguren que el acuerdo de convivencia sea conocido por todos los miembros de la comunidad.

 

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